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18 de junio
08:28 2026
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Una aseguradora deberá indemnizar a la viuda de un hombre que se suicidó por motivos laborales

El Tribunal de Instancia de Santander ha condenado a una aseguradora a indemnizar con 100.000 euros por fallecimiento por accidente a la viuda de un asegurado que tenía contratada una póliza de accidentes con cobertura integral y que se suicidó por motivos laborales. La magistrada estima el recurso de la esposa del fallecido porque, como señala la sentencia, "la muerte por suicidio fue la fase final de un proceso patológico inducido por el entorno laboral".

"No fue, por tanto, un acto intencionado, sino que la capacidad decisoria del asegurado estaba absolutamente comprometida por su entorno laboral, encontrándose en un estado de distorsión cognitiva y de miedo insuperable, incompatible con el concepto de intencionalidad, por carecer de la conciencia necesaria para que pudiera imputársele tal decisión", añade la información del CGPJ.

La aseguradora, que podrá recurrir esta sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria, se oponía a las pretensiones de la viuda al mantener que "el suicidio no está amparado por la póliza suscrita porque no fue un accidente sino un evento intencionado". Sin embargo, la magistrada entiende que "la voluntariedad tiene como presupuesto la imputabilidad del sujeto, es decir, la capacidad del propio sujeto de entender y de querer en el momento en que se efectúa la acción". También, que "se extrae necesariamente la conclusión de la falta de voluntariedad de dicho acto en cuanto íntimamente vinculado a las circunstancias laborales del asegurado, que anularon su voluntad dada la situación anímica a la que estaba sometido".

Añade la sentencia que "ninguna razón existe en el presente caso para apartarse de los hechos probados" en la jurisdicción social, pues, "a la luz de los mismos, no cabe sino alcanzar en cuanto a la intencionalidad del suicidio idénticas conclusiones".

Por último, explica que los tres informes médicos periciales aportados a la causa llegan a la misma conclusión, que el suicidio del trabajador no fue voluntario.

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