
Adecose plantea una nueva batería de observaciones a órdenes en el Congreso
Adecose ha presentado una batería de observaciones tanto a la consulta pública para modificar la Orden de servicio de atención a la clientela como a las órdenes de transparencia y control de la publicidad de los servicios bancarios.
Por un lado, sobre las modificaciones de la orden que atañe a los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, "Adecose considera esencial que deban contemplarse las particularidades propias de la distribución de seguros y aplicar por tanto el principio de proporcionalidad a corredores y corredurías de seguros cuya estructura empresarial y función económica son sustancialmente distintas de las de una entidad de crédito, una aseguradora o una gran entidad financiera". Por ello, insiste "en el escaso número de reclamaciones frente a la actividad realizada por las corredurías y corredores de seguros en las Memorias de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) que suponen el 2,6% del total de reclamaciones presentadas y admitidas respecto a la actividad realizada por las entidades aseguradoras".
Y por lo que se refiere a las modificaciones de la orden sobre transparencia y protección del cliente de servicios bancarios y a la de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, "Adecose ha presentado un amplio y detallado número de observaciones para que aumente considerablemente la información y la protección de los clientes minoristas en las prácticas de ventas vinculadas y combinadas de seguros".
Entre las muchas observaciones presentadas, se ha solicitado
1- "Que la información precontractual y durante toda la vida del préstamo se refuerce con indicación de las posibles variaciones, que se garantice con plena efectividad del derecho del cliente a aportar póliza de tercero con coberturas equivalentes en las ventas vinculadas, sin pérdida de bonificación, sin sobrecoste y sin trámites disuasorio".
2- "Que la entidades financieras se obliguen a remitir una comunicación previa a la renovación del seguro vinculado o combinado, con antelación mínima de 60 días naturales, mediante soporte duradero, en la que se recuerde de forma destacada la posibilidad de contratar con otra compañía, la coexistencia del derecho a mantener la bonificación aportando póliza equivalente en la venta vinculada, las consecuencias económicas exactas de no renovar con la entidad y los plazos y procedimiento aplicables".
3- "Que se valorarse la introducción de sanciones expresadas en porcentaje de ingresos de la entidad y el reforzamiento de las medidas de restitución al cliente, sin perjuicio de la responsabilidad civil".
4- "Que se establezcan reglas específicas para la venta combinada exigiendo en todo caso la oferta efectiva y comparable de cada producto por separado, con TAE diferenciado y bonificación cuantificada por producto".
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